Diferencia entre revisiones de «Zona contigua»

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Y me chupan la pija

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Las zonas marítimas de acuerdo a la Convención del Mar

Es zona contigua la que se extiende desde el límite exterior del mar territorial hasta las 24 millas náuticas contadas desde las líneas de base a partir de las cuales se mide la anchura del mar territorial.

En esta franja de agua, el Estado ribereño no tiene soberanía, sino que sus derechos están determinados solo en materia aduanera, sanitaria, fiscal y policial.

Bibliografía

Los últimos titulos franceses :

- Beurier (J.-P.) & al., Droits maritimes (Derechos marítimos), ediciónes Dalloz (Páris), 2a edición 2008, 1216 páginas, ISBN-978-2-247-07775-5

- Angelelli (P.) & Moretti (Y.), Cours de Droit maritime (Curso de Derecho marítimo), ediciónes InfoMer (Rennes), 2008, 350 páginas, ISBN-978-2-91596-37-5