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Diferencia entre revisiones de «Agente de movilidad»

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* Son sólo '''Agentes de la Autoridad''' siempre que estén de servicio, esto quiere decir que al contrario de un policía que en caso de hecho ilícito flagante puede intervenir aunque no este de servicio, por el tipo de trabajo que ejecuta un agente de movilidad ni multará ni regulará el tráfico si no está de servicio.
* Son sólo '''Agentes de la Autoridad''' siempre que estén de servicio, esto quiere decir que al contrario de un policía que en caso de hecho ilícito flagante puede intervenir aunque no este de servicio, por el tipo de trabajo que ejecuta un agente de movilidad ni multará ni regulará el tráfico si no está de servicio.


* No tienen la autoridad necesaria para efectuar una detención legalmente. (Cualquier ciudadano puede realizar una detencion en caso flagrante de delito, otro caso es estar seguro porque sino infringes un derecho constitucional).
* No tienen la autoridad necesaria para efectuar una detención legalmente.


* No tienen tampoco la autoridad ni permisos necesarios para portar un arma, ya sea de mano o de fuego.
* No tienen tampoco la autoridad ni permisos necesarios para portar un arma, ya sea de mano o de fuego.

Revisión del 21:20 2 sep 2009

Los agentes de movilidad son un personal uniformado municipal (o local) que exclusivamente se dedica al control y dirección del tráfico en la ciudad.

Antecedente legal

En primer término, sólo podrán tener agentes de movilidad, aquellos municipios que recojan las características que determina la Ley de Grandes Ciudades.

La Ley Orgánica 19/2003, de 23 de diciembre, de modificación de la Ley Orgánica del Poder Judicial, en su disposición adicional decimoquinta modifica la Ley Orgánica 2/ 1986, de 13 de marzo, de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, y habilita para la creación de un Cuerpo de agentes encargados de ordenar, señalizar y dirigir el tráfico en el casco urbano, de acuerdo con lo establecido en las normas de circulación.

Características

  • Al tratarse de funcionarios públicos, la forma de acceso es a través de oposición
  • Los agentes de movilidad quedan supeditados al cuerpo de Policía Municipal o Local del ayuntamiento al que pertenecen, y de hecho será un Policía municipal el de mayor rango en la estructura de jerarquía de los agentes de movilidad.
  • Carecen de arma de fuego y de grilletes (esposas), no pudiendo detener a nadie en la práctica.
  • Son sólo Agentes de la Autoridad siempre que estén de servicio, esto quiere decir que al contrario de un policía que en caso de hecho ilícito flagante puede intervenir aunque no este de servicio, por el tipo de trabajo que ejecuta un agente de movilidad ni multará ni regulará el tráfico si no está de servicio.
  • No tienen la autoridad necesaria para efectuar una detención legalmente.
  • No tienen tampoco la autoridad ni permisos necesarios para portar un arma, ya sea de mano o de fuego.

Uniformidad

De color azul, tal y como visten los Policías Municipales, su equipación se conforma con una chaqueta con hombreras reflectantes de color amarillo y a la espalda el texto AGENTES DE MOVILIDAD también reflectante.

En Donostia - San Sebastian visten de color naranja.

Ayuntamientos con agentes de movilidad

  • Ayuntamiento de Barcelona
  • Ayuntamiento de Madrid
  • Ayuntamiento de Palma de Mallorca
  • Ayuntamiento de Toledo
  • Ayuntamiento de Valladolid
  • Ayuntamiento de Talavera
  • Ayuntamiento de Cuenca
  • Ayuntamiento de Santander
  • Ayuntamiento de Castellón
  • Ayuntamiento de Marbella (proximamente)
  • Ayuntamiento de San Sebastián (Junio 2009)

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