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Diferencia entre revisiones de «Legitimidad (política)»

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La '''legitimidad''', es un término utilizado en la [[Teoría del Derecho]], en la [[Ciencia Política]] y en [[Filosofía]] que define la cualidad de ser conforme a un [[mandato legal]], a la justicia, a la razón o a cualquier otro mandato cierto.<ref>[http://buscon.rae.es/draeI/SrvltGUIBusUsual?TIPO_HTML=2&TIPO_BUS=2&LEMA=leg%EDtimo Legítimo], RAE.</ref> El proceso mediante el cual una persona obtiene legitimidad se denomina '''[[legitimación]]'''.


En [[Ciencia Política]] es el concepto con el que se enjuicia la capacidad de un [[poder]] para obtener [[obediencia]] sin necesidad de recurrir a la [[coacción]] que supone al amenaza de la fuerza, de tal forma que un Estado es legítimo si existe un [[consenso]] entre los miembros de la comunidad política para aceptar la autoridad vigente. En este sentido el término tiene sus orígenes en el [[derecho privado]] [[derecho sucesorio|sucesorio]] y aparece vinculado a la política en relación con la [[Restauración|restauración monárquica]] tras la [[Revolución Francesa]]. Esta apelación inicial a criterios tradicionales como justificación ética del ejercicio personal del poder es aceptada por [[Max Weber]] como uno de los tres tipos de legitimidad junto con la legitimación carismática (los subordinados aceptan el poder en base a la santidad, heroísmo o ejemplaridad de quien lo ejerce) y la legitimación racional (los subordinados aceptan el poder en base a motivaciones objetivas e impersonales); convirtiéndola prácticamente en sinónimo de [[legalidad]].<ref name="Ig">Ignacio Molina, profesor de [[Ciencia Política]] de la [[Universidad Autónoma de Madrid]], ''Conceptos fundamentales de Ciencia Política'', Alianza Editorial. ISBN 84-206-8653-0.</ref>

== Legitimidad en términos jurídicos ==
Cuando una norma jurídica es obedecida sin que medie el recurso al monopolio de la ley.
Los requisitos que ha de cumplir una norma jurídica para ser legítima son tres: [[validez]], [[justicia]], y eficacia.
Esta legitimidad se subdivide en dos legitimidad formal y material.
La formal se entiende como el correcto proceder de los organos estatales con respecto a todos los procedimientos establecidos en el Ordenamiento Juridico.
La legitimidad material es aquel consenso(reconocimiento)del pueblo creado en aprobacion de la ley creada o de la actuacion gubernamental.

== La validez ==
Se refiere a la manera en que la norma ha sido promulgada: una norma jurídica es válida cuando ha sido emitida por el órgano competente y no ha sido derrogada, e inválida cuando ha sido emitida por un órgano no competente o derrogada. Así, es inválida una ordenanza municipal del Ayuntamiento de [[Madrid]] que pretenda organizar el tráfico de la ciudad de [[Nueva York]], pero son válidas las ordenanzas del Ayuntamiento de [[Madrid]] para organizar el tráfico de esa misma ciudad.
Se refiere a la manera en que la norma ha sido promulgada: una norma jurídica es válida cuando ha sido emitida por el órgano competente y no ha sido derrogada, e inválida cuando ha sido emitida por un órgano no competente o derrogada. Así, es inválida una ordenanza municipal del Ayuntamiento de [[Madrid]] que pretenda organizar el tráfico de la ciudad de [[Nueva York]], pero son válidas las ordenanzas del Ayuntamiento de [[Madrid]] para organizar el tráfico de esa misma ciudad.
La validez es expresable en términos más o menos formales y objetivos (“puede tal órgano emitir tal norma…”).
La validez es expresable en términos más o menos formales y objetivos (“puede tal órgano emitir tal norma…”).

Revisión del 22:19 4 nov 2009

La legitimidad, es un término utilizado en la Teoría del Derecho, en la Ciencia Política y en Filosofía que define la cualidad de ser conforme a un mandato legal, a la justicia, a la razón o a cualquier otro mandato cierto.[1]​ El proceso mediante el cual una persona obtiene legitimidad se denomina legitimación.

En Ciencia Política es el concepto con el que se enjuicia la capacidad de un poder para obtener obediencia sin necesidad de recurrir a la coacción que supone al amenaza de la fuerza, de tal forma que un Estado es legítimo si existe un consenso entre los miembros de la comunidad política para aceptar la autoridad vigente. En este sentido el término tiene sus orígenes en el derecho privado sucesorio y aparece vinculado a la política en relación con la restauración monárquica tras la Revolución Francesa. Esta apelación inicial a criterios tradicionales como justificación ética del ejercicio personal del poder es aceptada por Max Weber como uno de los tres tipos de legitimidad junto con la legitimación carismática (los subordinados aceptan el poder en base a la santidad, heroísmo o ejemplaridad de quien lo ejerce) y la legitimación racional (los subordinados aceptan el poder en base a motivaciones objetivas e impersonales); convirtiéndola prácticamente en sinónimo de legalidad.[2]

Legitimidad en términos jurídicos

Cuando una norma jurídica es obedecida sin que medie el recurso al monopolio de la ley. Los requisitos que ha de cumplir una norma jurídica para ser legítima son tres: validez, justicia, y eficacia. Esta legitimidad se subdivide en dos legitimidad formal y material. La formal se entiende como el correcto proceder de los organos estatales con respecto a todos los procedimientos establecidos en el Ordenamiento Juridico. La legitimidad material es aquel consenso(reconocimiento)del pueblo creado en aprobacion de la ley creada o de la actuacion gubernamental.

La validez

Se refiere a la manera en que la norma ha sido promulgada: una norma jurídica es válida cuando ha sido emitida por el órgano competente y no ha sido derrogada, e inválida cuando ha sido emitida por un órgano no competente o derrogada. Así, es inválida una ordenanza municipal del Ayuntamiento de Madrid que pretenda organizar el tráfico de la ciudad de Nueva York, pero son válidas las ordenanzas del Ayuntamiento de Madrid para organizar el tráfico de esa misma ciudad. La validez es expresable en términos más o menos formales y objetivos (“puede tal órgano emitir tal norma…”).

La justicia

Se refiere al cumplimiento o no de los fines que la sociedad considera como buenos. Una norma es justa si la población considera mayoritariamente que se atiene a los objetivos colectivos de esa misma sociedad, e injusta si ocurre lo contrario, con independencia de si la considera válida o no. Ocurre en muchos lugares, por ejemplo, que se considera injusto pagar por aparcar en la vía pública, a pesar de las ordenanzas municipales son válidas y obligan a ello. La justicia se expresa en términos más o menos materiales y subjetivos (“la sociedad considera injusta tal norma…”).

La eficacia

Se refiere al seguimiento o acatamiento de la norma. Una norma es eficaz si la población la cumple, con independencia de si la percibe como justa o válida, e ineficaz si es ampliamente desobedecida. Por ejemplo, la prohibición de aparcar en doble fila suele ser percibida por todo el mundo como algo justo, y es desde luego una prohibición válida. Sin embargo es desobedecida por la gran mayoría de los conductores. La eficacia es una cuestión descriptiva y fáctica, referida a los hechos (“ocurre un acatamiento generalizado de la norma…”).

En resumen:

  • La coincidencia de justicia, validez y eficacia en una norma jurídica es la medida de su

legitimidad. (Así pues ya que la legitimidad es graduable, cada norma jurídica será más o menos legítima).

  • Cuando una norma es percibida por la sociedad como legítima es masivamente obedecida, no siendo necesaria la sanción salvo en casos puntuales. Dicho a la inversa: El cumplimiento de una norma jurídica de manera habitual y sin necesidad de recurso a la violencia suele ser prueba de que es percibida como legítima.
  • Cuando una norma el percibida como ilegítima es masivamente desobedecida (a no ser que se recurra, directamente, a la sanción, y por tanto a la violencia). En general, el ejercicio habitual de la sanción y la violencia por parte del Estado para hacer efectivo el cumplimiento de una norma jurídica es síntoma inequívoco de que o bien es inválida, o bien es percibida como injusta, o bien es ineficaz (ó dos de las tres ó las tres cosas al mismo tiempo).

Legitimidad en Filosofía

La legitimidad en filosofía se considera respecto al conocimiento como saber; es decir, como conocimiento justificado.[3]​ No se trata del conocimiento como legítimo en sí, cuya competencia correspondería a cada sujeto de forma individual. Nos referimos al “reconocimiento social” del discurso del saber como portador de un contenido verdadero por la legitimidad o, reconocimiento de autoridad, de quien lo pronuncia. Legitimidad aceptada por la comunidad científica en su caso, filosófica en otro, cultural, deportiva, etc. respecto a quien construye o define el discurso como competente.

El problema de la legitimación del discurso o relato viene de la mano de la problemática generada en la segunda mitad del siglo XX cuando la ciencia reconoce la influencia de los paradigmas sociales y culturales en los cuales se reconoce la ciencia misma.[4]

La idea de la legitimidad de la ciencia en cuanto tal por su contenido[5]​ ha sido prácticamente abandonada por la mayoría de los filósofos actuales, una vez establecida la provisionalidad de las teorías científicas[6]​ así como la imposibilidad de un sistema completo de razones justificantes del conocimiento humano.[7]​ Es por ello que algunos llaman a la época actual una sociedad de expertos, en quienes se deposita la legitimación de discursos de “segundo nivel” o “metarrelatos”.[8]

Legitimidad en sentido político

Si la legitimidad jurídica se refiere a la ley, la legitimidad política se refiere al ejercicio del poder. El poder político que es percibido como legítimo será mayoritariamente obedecido, mientras que el percibido como ilegítimo será desobedecido, salvo que se obtenga obediencia por medio de la violencia del Estado.

No debe confundirse legitimidad política con afinidad política. En democracia, los votantes del partido político perdedor pueden lamentarse por haber perdido las elecciones, pero no por ello desobedecen al nuevo gobierno. Tampoco debe confundirse legitimidad con democracia, puesto que durante la Monarquía Absoluta, por ejemplo, el pueblo consideraba masivamente legítimo al monarca, que no había sido elegido por mayoría.

La legitimidad política se podría entonces definir desde dos perspectivas: la de quien obedece y la de quien manda.

  • Desde la perspectiva de quien obedece, será legítimo aquel gobierno que accede al poder (legitimidad de origen) y lo ejerce (legitimidad de ejercicio) cumpliendo los requisitos que los que obedecen creen que tiene que cumplir para mandar.
  • Desde la perspectiva de quien manda, será legítimo aquel gobierno que accede al poder y lo ejerce haciendo ver a los que obedece que cumple los requisitos para mandar.

La legitimidad así entendida es un compromiso entre ambos extremos. Desde luego, la teoría de la legitimidad no prejuzga la bondad o maldad de tal o cual régimen político, sino que examina, simplemente, los mecanismos de mando y obediencia. Resta decir que, en términos generales, cuando el poder pierde su legitimidad deja de ser poder, salvo que ejercite la coacción.

Autores

El estudio de la legitimidad política así entendido proviene de antiguo. Aristóteles parece presuponer tal concepto de legitimidad al establecer su lista de estados legítimos e ilegítimos. Sin embargo tal distinción se basa en un elemento ajeno a este concepto, que es el "bien común", y no en la percepción subjetiva del binomio gobernante-gobernado. Uno de los primeros pensadores que reflexionó sobre este problema fue Étienne de la Boétie en su famoso “Discurso de la Servidumbre Voluntaria, o el Contra-uno”, publicado anónimamente en 1576. Según Jean-Jacques Rousseau la legitimidad la otorga la voluntad general de los sometidos al poder. Otro pensador preocupado por el problema de la legitimidad política fue Guglielmo Ferrero en su libro “El Poder”. Sin duda el autor clásico en materia de legitimidad es el alemán Max Weber. Desde entonces la legitimidad ha sido un tema recurrente en la Ciencia Política.

Notas

  1. Legítimo, RAE.
  2. Ignacio Molina, profesor de Ciencia Política de la Universidad Autónoma de Madrid, Conceptos fundamentales de Ciencia Política, Alianza Editorial. ISBN 84-206-8653-0.
  3. Hacemos caso omiso de las diferentes formas de justificación que en cada caso sea pertinente
  4. Véase Opinión (filosofía)
  5. Como si la ciencia generara por sí misma certeza en sus conocimientos
  6. Popper, Kuhn, Feyerabend
  7. Teorema de Gödel
  8. Lyotard, F. La condición posmoderna. (1984) Madrid. Cátedra

Véase también