Diferencia entre revisiones de «Constitución española de 1876»

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La '''Constitución española de 1876''' fue promulgada en [[junio]] de [[1876]] por [[Cánovas del Castillo]].
Esta constitución partió de un borrador constitucional desarrollado por un grupo de 600 notables, antiguos senadores y diputados de anteriores legislaturas, designados por [[Antonio Cánovas del Castillo|Cánovas]]. De ellos resultó una comisión de 39 de ellos, presidida por [[Manuel Alonso Martínez]], que sería el encargado de la definitiva redacción del texto. El texto final fue aprobado sin grandes cambios por unas [[Cortes Constituyentes]] elegidas por [[sufragio universal]] de acuerdo a lo previsto en la anterior Constitución, la de 1869.
Los principales aspectos de dicha constitución son los siguientes:
* La [[soberanía]] es compartida entre el [[Rey]] y las [[Cortes]].
* Los derechos y deberes de los ciudadanos están limitados por las leyes ordinarias.
* El [[poder legislativo]] es compartido entre las [[cortes]] y el [[Rey]], pudiendo éste último [[veto|vetar]] [[ley]]es y disolver las cámaras.
* La [[Corona]] tiene el [[poder ejecutivo]], pudiendo nombrar al [[jefe de gobierno]] y los ministros.
* Las [[cortes]] son bicamerales, con un [[senado]] formado por designación real y un [[congreso]] elegido por sufragio directo.
* El poder judicial tenía la potestad de aplicar las leyes en los juicios y los jueces se elegían mediante [[oposición]], al igual que en la actualidad.
* No se pronuncia respecto al tipo de [[sufragio]] ni tampoco respecto al tipo de [[procedimiento electoral]], hasta el año 1890 en el que pasa a ser [[sufragio universal masculino]].
* Establece también un [[estado confesional]] [[católico]], si bien se toleran otras [[religión|religiones]] siempre que la respeten.
* Los [[ayuntamiento]]s y [[diputación|diputaciones]] están bajo control gubernamental, [[organización centralista]].

== Firmantes de la Constitución ==
*El Rey. [[Alfonso XII]]
*El Presidente del Consejo de Ministros, Ministro interino de Hacienda, [[Antonio Cánovas del Castillo]].
*El Ministro de Estado, [[Fernando Calderón y Collantes]].
*El Ministro de Gracia y Justicia, [[Cristóbal Martín de Herrera]].
*El Ministro de la Guerra, [[Francisco de Ceballos y Vargas]].
*El Ministro de Marina, [[Juan de Antequera]].
*El Ministro de la Gobernación, [[Francisco Romero y Robledo]].
*El Ministro de Fomento, [[Francisco Queipo de Llano]].
*El Ministro de Ultramar, [[Adelardo López de Ayala]].

==Véase también==
*[[Historia del constitucionalismo español]]

== Enlaces externos ==
{{wikisource|Constitución española de 1876}}

[[Categoría:Constituciones de España|C 1876]]
[[Categoría:España en 1876]]
[[Categoría:Restauración borbónica en España]]

[[ca:Constitució Espanyola de 1876]]
[[fr:Constitution espagnole de 1876]]
[[pt:Constituição espanhola de 1876]]

Revisión del 16:53 12 ene 2010

La Constitución española de 1876 fue promulgada en junio de 1876 por Cánovas del Castillo. Esta constitución partió de un borrador constitucional desarrollado por un grupo de 600 notables, antiguos senadores y diputados de anteriores legislaturas, designados por Cánovas. De ellos resultó una comisión de 39 de ellos, presidida por Manuel Alonso Martínez, que sería el encargado de la definitiva redacción del texto. El texto final fue aprobado sin grandes cambios por unas Cortes Constituyentes elegidas por sufragio universal de acuerdo a lo previsto en la anterior Constitución, la de 1869. Los principales aspectos de dicha constitución son los siguientes:

Firmantes de la Constitución

Véase también

Enlaces externos