Diferencia entre revisiones de «Acta de Independencia del Imperio Mexicano»

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=== Texto del Acta===
=== Texto del Acta===


''Acta de independencia del Imperio Mexicano, pronunciada por su Junta Soberana congregada en la Capital de él en 28 de septiembre de 1821.''
''Acta de independencia del Imperio Mexicano, pronunciada por su Junta Soberana congregada en la Capital de él en 28 de setiembre de 1821.''


''La Nación Mexicana que, por trescientos años, ni ha tenido voluntad propia, ni libre uso de la voz, sale hoy de la opresion en que ha vivido.''
''La Nación Mexicana que, por trescientos años, ni ha tenido voluntad propia, ni libre uso de la voz, sale hoy de la opresion en que ha vivido.''

Revisión del 01:59 22 ene 2010

El acta de indepencia del Imperio Mexicano es el documento fundador del dicho imperio y por ende el de la nacion mexicana. Un día después de la entrada del Ejército Trigarante a la ciudad de México, el 28 de septiembre de 1821, Agustín de Iturbide ordenó que la Suprema Junta Provisional Gubernativa sesionase temprano para elegir al Presidente de la Regencia del Imperio y por la tarde suscribiera el Acta de Independencia de la nueva nación. La presidencia de la Regencia recayó en su persona y por la tarde los vocales firmaron el siguiente documento:

Acta de la Independencia del Imperio Mexicano

Fotografía del Acta de independencia del Imperio Mexicano
Acta de independencia original

Texto del Acta

Acta de independencia del Imperio Mexicano, pronunciada por su Junta Soberana congregada en la Capital de él en 28 de setiembre de 1821.

La Nación Mexicana que, por trescientos años, ni ha tenido voluntad propia, ni libre uso de la voz, sale hoy de la opresion en que ha vivido.

Los heroicos esfuerzos de sus hijos han sido coronados, y está consumada la empresa, eternamente memorable, que un genio, superior á toda admiracion y elogio, amor y gloria de su Patria, principio en Iguala, prosiguió y llebó al cabo, arrollando obstáculos casi insuperables.

Restituida, pues, esta parte del Septentrion al exercicio de cuantos derechos le concedió el Autor de la Naturaleza y reconocen por inenagenables y sagrados las naciones cultas de la tierra; en libertad de constituirse del modo que mas convenga á su felicidad; y con representantes que puedan manifestar su voluntad y sus designios; comienza a hacer uso de tan preciosos dones, y declara solemnemente, por medio de la Junta Suprema del Imperio, que es Nación Soberana, é independiente de la antigua España, con quien, en lo sucesivo, no mantendrá otra unión que la de una amistad estrecha, en los términos que prescribieren los tratados; que entablará relaciones amistosas con las demás potencias executando, respeto de ellas, cuantos actos pueden y estan en posesión de executar las otras naciones soberanas: que va á constituirse, con arreglo a las bases que en el Plan de Iguala y Tratado de Cordoba, estableció. sabiamente, el Primer Gefe del Exercito Imperial de las Tres Garantias; y en fin que sostendrá, á todo trance, y con sacrificio de los habéres y vidas de sus individuos, (si fuere necesario), esta solemne declaracion, hecha en la capital del Imperio á veinte y ocho de setiembre del año de milochocientos veinte y uno, Primero de la Independencia Mexicana.

Miembros de la Suprema Junta Provisional Gubernativa

Miembros de la Regencia del Imperio

Referencias

  1. Riva Palacio, Vicente Op.cit. p.11-12

Bibliografía

Enlaces externos