Diferencia entre revisiones de «Causa Ernestina Herrera de Noble sobre sustracción de bebés»

De Wikipedia, la enciclopedia libre
Contenido eliminado Contenido añadido
Clamobio (discusión · contribs.)
agrego los resultados de la causa penal y reemplazo la información errónea y no fundada en referencias de que estaba acusada de secuestro
Clamobio (discusión · contribs.)
Deshecha la edición 36224567 de Clamobio (disc.)
Línea 14: Línea 14:


== La causa penal==
== La causa penal==
[[Archivo:Premio_Clarin.JPG|thumb|left|Ernestina Herrera de Noble (izquierda) junto a [[Jorge Rafael Videla]] (centro) y [[Julio Grondona]] (derecha) el 25 de junio de 1979.]]
[[Archivo:Brindis Noble Videla.jpg|thumb|Ernestina Herrera de Noble (derecha) junto a [[Jorge Rafael Videla]] ]]
En 1995 una persona, cuyo esposo era ese mismo día condenada por estafa procesal cometida en un juicio contra Herrera de Noble, realizó contra ésta una primera denuncia penal que resultó desestimada, al igual que otras dos posteriores, una de 1997 de la misma denunciante y otra por Guillermo Patricio Kelly de 2000.<ref name=Mempo/>
En [[2002]] a raíz de una denuncia penal de las [[Abuelas de Plaza de Mayo]] según la cual Marcela Noble Herrera y Felipe Noble Herrera, que habían sido adoptados por Herrera de Noble, podrían ser hijos de desaparecidos el juez [[Roberto Marquevich]] dispuso el 17 de diciembre de 2002, que la policía la condujera detenida para tomarle declaración indagatoria por el delito de “uso de documento público falso” e inmediatamente le negó la excarcelación;<ref name=Mempo> {{cita web|url=http://www.elmundo.es/cronica/2002/375/1040632337.html|autor= Giardinelli, Mempo|título=La señora y sus extraños herederos|editorial=El Mundo|ubicación=España|fecha=22-12-2002|fechacceso=26-12-2010}}</ref> este proceder era arbitrario porque el delito que le imputaba -haber incurrido en una falsedad en las partidas de nacimiento de sus hijos- había prescripto y no podía ser investigado y el juez, para poder seguir adelante con el proceso vinculó la adopción "sin prueba alguna" con la sustracción de menores durante el último gobierno de facto, dijo más adelante el Tribunal de Enjuiciamiento.<ref name=jury>[http://www.pagina12.com.ar/diario/elpais/1-36483-2004-06-09.html El jury de enjuiciamiento destituyó a Marquevich]. Publicado en [[Página 12]] del 9-6-2004. Fecha de acceso: 16-4-2010</ref>


En [[2002]] se realizó una nueva denuncia penal a instancias de las [[Abuelas de Plaza de Mayo]] y de las familias Lanuscou-Miranda y García-Gualdero, que suponen que Marcela Noble Herrera y Felipe Noble Herrera, podrían ser hijos de desaparecidos. El 17 de diciembre de 2002, el juez Marquevich dispuso que la policía condujera detenida a Herrera de Noble para tomarle declaración indagatoria por el delito de “uso de documento público falso” e inmediatamente le negó la excarcelación;<ref name=Mempo/> este proceder era arbitrario porque el delito que le imputaba -haber incurrido en una falsedad en las partidas de nacimiento de sus hijos- había prescripto y no podía ser investigado y el juez, para poder seguir adelante con el proceso vinculó la adopción "sin prueba alguna" con la sustracción de menores durante el último gobierno de facto, dijo más adelante el Tribunal de Enjuiciamiento.<ref name=jury/>
La asociación Abuelas de Plaza de Mayo, que fue tenida por parte en la causa, afirmó que había encontrado diversas irregularidades en el expediente de adopción.<ref>[http://www.abuelas.org.ar/material/documentos/EscritoNoble.pdf Escrito presentado en la causa]. Fecha de acceso: 16-4-2010</ref> Por su parte la Cámara Federal de Apelaciones dispuso desplazar de la causa a Marquevich endilgándole parcialidad, anuló la resolución y pasó el expediente al juez federal Conrado Bergesio, quien resolvió que no está probada la existencia de delito por Herrera de Noble y la desvinculó de presuntas irregularidades en los trámites de adopción de sus hijos, tras analizar en detalle todas las pruebas. El juez entendió que no está probado que sean falsas las declaraciones de testigos que acreditaron cómo recibió a su hija Marcela y que las pruebas permiten sostener que es probable que la Sra. de Noble hubiera estado en una casa de San Isidro sin que la aparición de Marcela esté desmentida por las diligencias practicadas. En el caso de Felipe, los funcionarios judiciales de aquel momento atestiguaron de qué manera el niño había sido entregado personalmente al Juzgado de Menores por una mujer sin que Herrera tuviera intervención alguna en el momento de la llegada del bebé al Juzgado sino que su actuación fue posterior a este hecho. La conclusión del juez es que una postura contraria a la falta de mérito de la señora de Noble "únicamente podría fundarse en una cadena de especulaciones, suposiciones, deducciones y suposiciones de suposiciones".<ref>[http://www.clarin.com/diario/2004/06/05/elpais/p-01501.htm Dictaron la falta de mérito.] Publicado en “Clarín” del 5-6-2004. Fecha de acceso 16-10-2010</ref>Esta resolución fue posteriormente confirmada por la Cámara Federal de Apelaciones de San Martín<ref name=resolucion>[http://www.clarin.com/diario/2004/10/01/elpais/p-01701.htm Resolución de la Cámara Federal de San Martín] Publicado en el diario Clarín del 1-10-2004. Fecha de acceso 16-4-2010</ref> por lo cual a partir de ese momento sólo quedó pendiente el tema relativo al examen de histocompatibilidad de los adoptados con respecto de sus posibles familias biológicas.


La asociación Abuelas de Plaza de Mayo, que fue tenida por parte en la causa, afirmó que las irregularidades en el expediente de adopción eran: “i. la adoptante dijo que dos personas habían visto que una beba había sido dejada en la
[[Archivo:Brindis Noble Videla.jpg|thumb|left|Ernestina Herrera de Noble (derecha) junto a [[Jorge Rafael Videla]] (izquierda) el día que inauguraron la empresa [[Papel Prensa]].]]
puerta de su casa el 2 de mayo de 1976, pero esas dos personas desmintieron tal afirmación; ii. También afirmó que una de esas personas era su vecina, pero en realidad no vivía en esa localidad, y que la otra era el “cuidador de la finca vecina” (el Sr. Roberto García), pero se corroboró que en realidad se trataba de su chofer personal; iii. Quien concurrió afirmando ser la progenitora de quien hoy es Felipe, brindó un nombre y un número de documento que no era el suyo y no se intentó corroborar por ningún medio que efectivamente fuera su madre; iv. Ernestina Herrera de
Noble dio un domicilio distinto a aquel donde tenía su residencia, cuestión decisiva para determinar la competencia del Tribunal interviniente; v. se omitió el sistema de turnos para que la guarda de Felipe quedara radicada en el mismo Tribunal que la de Marcela: vi. se los inscribió con el apellido “Noble Herrara” en función de una ley derogada”.<ref>[http://www.abuelas.org.ar/material/documentos/EscritoNoble.pdf Escrito presentado en la causa]. Fecha de acceso: 16-4-2010</ref>


La Cámara Federal de Apelaciones dispuso desplazar de la causa a Marquevich endilgándole parcialidad, anuló la resolución y pasó el expediente al juez federal Conrado Bergesio, quien resolvió que no está probada la existencia de delito por Herrera de Noble y la desvinculó de presuntas irregularidades en los trámites de adopción de sus hijos, tras analizar en detalle todas las pruebas. El juez entendió que no está probado que sean falsas las declaraciones de testigos que acreditaron cómo recibió a su hija Marcela y que las pruebas permiten sostener que es probable que la Sra. de Noble hubiera estado en una casa de San Isidro sin que la aparición de Marcela esté desmentida por las diligencias practicadas. En el caso de Felipe, los funcionarios judiciales de aquel momento atestiguaron de qué manera el niño había sido entregado personalmente al Juzgado de Menores por una mujer sin que Herrera tuviera intervención alguna en el momento de la llegada del bebé al Juzgado sino que su actuación fue posterior a este hecho. La conclusión del juez es que una postura contraria a la falta de mérito de la señora de Noble "únicamente podría fundarse en una cadena de especulaciones, suposiciones, deducciones y suposiciones de suposiciones".<ref>[http://www.clarin.com/diario/2004/06/05/elpais/p-01501.htm Dictaron la falta de mérito.] Publicado en “Clarín” del 5-6-2004. Fecha de acceso 16-10-2010</ref>Esta resolución fue posteriormente confirmada por la Cámara Federal de Apelaciones de San Martín<ref name=resolucion>[http://www.clarin.com/diario/2004/10/01/elpais/p-01701.htm Resolución de la Cámara Federal de San Martín] Publicado en el diario Clarín del 1-10-2004. Fecha de acceso 16-4-2010</ref> por lo cual a partir de ese momento sólo quedó pendiente el tema relativo al examen de histocompatibilidad.
== Las pruebas de histocompatibilidad ==
== Las pruebas de histocompatibilidad ==
El 11 de agosto de 2004, apenas Marquevich fue apartado del caso, ya que sus decisiones no daban las garantías judiciales imprescindibles, Marcela y Felipe Noble Herrera pidieron que se les realizara un examen de ADN, para poder confrontarlo con las dos familias querellantes y determinar si guardan vínculo biológico con ellas. El tribunal determinó que dicha "peritación genética" deberá realizarse en el Banco Nacional de Datos Genéticos y respecto de las mencionadas familias.<ref name=resolucion/>
El 11 de agosto de 2004, apenas Marquevich fue apartado del caso, ya que sus decisiones no daban las garantías judiciales imprescindibles, Marcela y Felipe Noble Herrera pidieron que se les realizara un examen de ADN, para poder confrontarlo con las dos familias querellantes y determinar si guardan vínculo biológico con ellas. El tribunal determinó que dicha "peritación genética" deberá realizarse en el Banco Nacional de Datos Genéticos y respecto de las mencionadas familias.<ref name=resolucion/>

Revisión del 02:33 18 abr 2010

Archivo:Premio Clarin.JPG
Ernestina Herrera de Noble (izquierda) junto a Jorge Rafael Videla (centro), Julio Grondona (derecha) El 25 de junio de 1979.

La causa Ernestina Herrera de Noble sobre sustracción de bebés es una importante causa penal en trámite en la Argentina, desde 2002, cuya vinculación con el tráfico de bebés en el Proceso de Reorganización Nacional todavía no está dilucidada. En el caso se trata de dos jóvenes que en 1977 fueron adoptados por Ernestina Herrera de Noble respecto de los cuales se está investigando si son hijos de desaparecidos.

El caso ha tenido gran trascendencia porque la adoptante es principal accionista del Grupo Clarín, el multimedio más importante de Argentina.[1]​ El periodista Mempo Giardinelli afirmó en una nota que los jóvenes “Marcela y Felipe Noble Herrera son los herederos de una fortuna de 1.000 millones de euros y de un gigantesco poder, el cual perderían en caso de probarse otras filiaciones. Y esto también dejaría al Grupo prácticamente acéfalo, toda vez que el matrimonio entre Roberto Noble y Ernestina Herrera no tuvo descendencia natural”,[1]​ pero no expuso sobre qué bases legales sacó esa conclusión.

La causa, que ha tenido innumerables dilaciones, derivó en la destitución del juez Roberto Marquevich decidida por un Tribunal de Enjuiciamiento por considerar que el magistrado había procedido en forma arbitraria al ordenar la detención de Herrera de Noble y denegarle la excarcelación.[2]

Uno de los aspectos jurídicos debatidos en esta causa que ha demorado las actuaciones con sucesivas resoluciones y apelaciones es el relativo a la obligación de las presuntas víctimas como hijos de personas desaparecidas de entregar material biológico –muestras de saliva, sangre, pelos, etc.- para compararlo con muestras obtenidas de familiares de aquellas personas.

Antecedentes

Ernestina Herrera de Noble solicitó el 13 de mayo de 1976 en el Juzgado de Menores Nº 1 de San Isidro, por entonces a cargo de la jueza Ofelia Hejt (fallecida), la adopción de una niña que dijo haber encontrado once días antes en una caja de cartón dejada en la puerta de su casa, ofreciendo como testigos a su vecina Yolanda Echagüe de Aragón y a Roberto García, su chófer.[1]

Poco después, el 7 de julio de 1976, Herrera le solicitó a la misma jueza, la adopción de otro bebé, un varón que habría sido dejado ese mismo día en el mismo juzgado de la jueza Hejt, por una persona que dijo ser madre soltera, que exhibió un documento nacional de identidad que luego se comprobó que no le correspondía y dio un domicilio que resultó falso. Ese mismo día, sin más trámite, la jueza le entregó la guarda del bebé y apenas 43 días después le otorga la adopción y le impone el nombre de Felipe Noble Herrera.[1]

La Jueza Hejt es la misma que 1977, sin disponer medidas para ubicar a su familia y pese a las evidencias de que sus padres habían sido secuestrados por el Ejército, entregó en guarda a Andrés La Blunda, de tres meses, quien recuperó su identidad en 1984. [3]

La causa penal

Archivo:Brindis Noble Videla.jpg
Ernestina Herrera de Noble (derecha) junto a Jorge Rafael Videla

En 1995 una persona, cuyo esposo era ese mismo día condenada por estafa procesal cometida en un juicio contra Herrera de Noble, realizó contra ésta una primera denuncia penal que resultó desestimada, al igual que otras dos posteriores, una de 1997 de la misma denunciante y otra por Guillermo Patricio Kelly de 2000.[1]

En 2002 se realizó una nueva denuncia penal a instancias de las Abuelas de Plaza de Mayo y de las familias Lanuscou-Miranda y García-Gualdero, que suponen que Marcela Noble Herrera y Felipe Noble Herrera, podrían ser hijos de desaparecidos. El 17 de diciembre de 2002, el juez Marquevich dispuso que la policía condujera detenida a Herrera de Noble para tomarle declaración indagatoria por el delito de “uso de documento público falso” e inmediatamente le negó la excarcelación;[1]​ este proceder era arbitrario porque el delito que le imputaba -haber incurrido en una falsedad en las partidas de nacimiento de sus hijos- había prescripto y no podía ser investigado y el juez, para poder seguir adelante con el proceso vinculó la adopción "sin prueba alguna" con la sustracción de menores durante el último gobierno de facto, dijo más adelante el Tribunal de Enjuiciamiento.[2]

La asociación Abuelas de Plaza de Mayo, que fue tenida por parte en la causa, afirmó que las irregularidades en el expediente de adopción eran: “i. la adoptante dijo que dos personas habían visto que una beba había sido dejada en la puerta de su casa el 2 de mayo de 1976, pero esas dos personas desmintieron tal afirmación; ii. También afirmó que una de esas personas era su vecina, pero en realidad no vivía en esa localidad, y que la otra era el “cuidador de la finca vecina” (el Sr. Roberto García), pero se corroboró que en realidad se trataba de su chofer personal; iii. Quien concurrió afirmando ser la progenitora de quien hoy es Felipe, brindó un nombre y un número de documento que no era el suyo y no se intentó corroborar por ningún medio que efectivamente fuera su madre; iv. Ernestina Herrera de Noble dio un domicilio distinto a aquel donde tenía su residencia, cuestión decisiva para determinar la competencia del Tribunal interviniente; v. se omitió el sistema de turnos para que la guarda de Felipe quedara radicada en el mismo Tribunal que la de Marcela: vi. se los inscribió con el apellido “Noble Herrara” en función de una ley derogada”.[4]

La Cámara Federal de Apelaciones dispuso desplazar de la causa a Marquevich endilgándole parcialidad, anuló la resolución y pasó el expediente al juez federal Conrado Bergesio, quien resolvió que no está probada la existencia de delito por Herrera de Noble y la desvinculó de presuntas irregularidades en los trámites de adopción de sus hijos, tras analizar en detalle todas las pruebas. El juez entendió que no está probado que sean falsas las declaraciones de testigos que acreditaron cómo recibió a su hija Marcela y que las pruebas permiten sostener que es probable que la Sra. de Noble hubiera estado en una casa de San Isidro sin que la aparición de Marcela esté desmentida por las diligencias practicadas. En el caso de Felipe, los funcionarios judiciales de aquel momento atestiguaron de qué manera el niño había sido entregado personalmente al Juzgado de Menores por una mujer sin que Herrera tuviera intervención alguna en el momento de la llegada del bebé al Juzgado sino que su actuación fue posterior a este hecho. La conclusión del juez es que una postura contraria a la falta de mérito de la señora de Noble "únicamente podría fundarse en una cadena de especulaciones, suposiciones, deducciones y suposiciones de suposiciones".[5]​Esta resolución fue posteriormente confirmada por la Cámara Federal de Apelaciones de San Martín[6]​ por lo cual a partir de ese momento sólo quedó pendiente el tema relativo al examen de histocompatibilidad.

Las pruebas de histocompatibilidad

El 11 de agosto de 2004, apenas Marquevich fue apartado del caso, ya que sus decisiones no daban las garantías judiciales imprescindibles, Marcela y Felipe Noble Herrera pidieron que se les realizara un examen de ADN, para poder confrontarlo con las dos familias querellantes y determinar si guardan vínculo biológico con ellas. El tribunal determinó que dicha "peritación genética" deberá realizarse en el Banco Nacional de Datos Genéticos y respecto de las mencionadas familias.[6]​ El juez Marquevich había sido reemplazado por el juez Conrado Bergesio,[7]​ el mismo que había pedido la destitución del primero por no haber concedido el arresto domiciliario en una causa sobre robos de bebés.[7]​ Bergesio le imprimió a la causa una gran lentitud y admitió una serie de maniobras de la defensa de Herrera de Noble, que los organismos de derechos humanos consideraron abiertamente irregulares. Por el contrario, el tribunal de apelación de los actos del juez Bergesio, la Sala II de la Cámara Federal de San Martín, adoptó una linea de acción frontalmente opuesta al juez, tendientes a determinar si el ADN de Marcela y Felipe Noble Herrera, indica si son hijos de desaparecidos.[7]​ Luego de que la causa estuviera paralizada durante cinco años, el juez Bergesio recibió orden de la Sala II de la Cámara Federal de San Martín de tomar los ADN de Marcela y Felipe Noble Herrera, y realizar los análisis necesarios para establecer quienes son sus padres biológicos.[7]

Cuando todo estaba listo para la realización del exámen, el 20 de marzo de 2010, la Sala II de la Cámara de Casación Penal dictó un nuevo fallo suspendiendo el estudio mientras tramitaba un recurso.[8]​ El hecho produzco un escándalo y hasta la presidenta de la Nación, Cristina Fernández de Kirchner, anunció públicamente que apoyaría a las Abuelas de Plaza de Mayo si estas y los posibles familiares de los bebés robados, decidían denunciar a los tribunales argentinos ante tribunales internacionales.[9]​ Posteriormente la Cámara de Casación rechazó por razones formales –falta de firma de los interesados- el recurso sin pronunciarse sobre el fondo del mismo con lo que la resolución de la Cámara Federal de San Martín disponiendo que el cotejo no se limite a las dos familias querellantes habría quedado firme.

Debates políticos y mediáticos

El caso de Marcela y Felipe Noble Herrera ha dado lugar a un fuerte debate mediático y político que, más allá de este caso en particular, se refiere en general a la obtención del ADN y la voluntad de los presuntos hijos de secuestrados de no colaborar con la investigación judicial.

Este caso en particular adquirió una trascendencia especial porque Ernestina Herrera de Noble es la accionista principal del Grupo Clarín, un importante multimedio de Argentina.[1]

El periodista conservador Mariano Grondona, quien apoyó en su momento a las dictaduras militares, sostuvo públicamente en su tradicional programa de opinión política Hora Clave, del 1 de noviembre de 2009, que una vez que los presuntos hijos de secuestrados son mayores de edad no pueden ser obligados a entregar material biológico para determinar su identidad.[10]​ En ese mismo programa, el periodista Luis Novaresio, colaborador de Grondona, tuvo un pensamiento diferente al del conductor sobre la extracción de sangre compulsiva a posibles hijos/nietos de desaparecidos. La periodista Flavia de la Fuente escribió que “Novaresio estaba furioso y discutía enloquecido contra Fernanda Gil Lozano, una diputada de la Coalición Cívica. Él estaba a favor, y ella en contra. Y Grondona también en contra. Pero todo transcurría normalmente. Lo único que Novaresio estaba realmente sacado. Pero Grondona se mantenía impasible. Parecía respetar la opinión de su compañero de programa”.[11]​ El co-conductor dejó de participar de Hora Clave desde ese día. La periodista Sandra Russo lo atribuye a “haber hecho preguntas molestas a una diputada de la Coalición Cívica con respecto a la ley de ADN”[12]​ en tanto para De la Fuente no le quedó claro si el periodista renunció al programa o si Grondona lo echó.[11]

Elisa Carrió, líder del partido Coalición Cívica ARI, también expresó su opinión contraria a la extracción compulsiva de sangre a mayores de edad y, siempre en relación a ese punto, manifestó que "los hijos de Herrera de Noble son nuestros hijos". El ex fiscal Julio César Strassera se expresó en el tema en forma coincidente con Carrió.[13]

Véase también

Referencias

  1. a b c d e f g Giardinelli, Mempo (22 de diciembre de 2002). «La señora y sus extraños herederos». España: El Mundo.  Parámetro desconocido |fechacceso= ignorado (se sugiere |fechaacceso=) (ayuda) Error en la cita: Etiqueta <ref> no válida; el nombre «Mempo» está definido varias veces con contenidos diferentes
  2. a b El jury de enjuiciamiento destituyó a Marquevich. Publicado en Página 12 del 9-6-2004. Fecha de acceso: 16-4-2010
  3. «Más cerca del examen de ADN para los Noble Herrera». Página 12. 19 de diciembre de 2002. 
  4. Escrito presentado en la causa. Fecha de acceso: 16-4-2010
  5. Dictaron la falta de mérito. Publicado en “Clarín” del 5-6-2004. Fecha de acceso 16-10-2010
  6. a b Resolución de la Cámara Federal de San Martín Publicado en el diario Clarín del 1-10-2004. Fecha de acceso 16-4-2010
  7. a b c d Cecchini, Daniel (05-01-2010). «El ADN del juez Bergesio. Vida, obra y recientes piruetas del magistrado que Clarín quiso tener en la causa Noble». Miradas al Sur, republicado en Psicofxp.  Parámetro desconocido |fechacceso= ignorado (se sugiere |fechaacceso=) (ayuda)
  8. «Caso Noble Herrera: suspenden una prueba». Clarín. 20 de marzo de 2010.  Parámetro desconocido |fechacceso= ignorado (se sugiere |fechaacceso=) (ayuda)
  9. «Desde la ex Esma, Cristina dio un fuerte respaldo al reclamo de Abuelas». Rosario 3. 24 de marzo de 2010.  Parámetro desconocido |fechacceso= ignorado (se sugiere |fechaacceso=) (ayuda)
  10. Hora Clave, Canal 26, 1 de noviembre de 2009.
  11. a b Flavia de la Fuente Extrañamos a Luis Novaresio. Acceso 2-4-2010
  12. Sandra Russo La destituyente una vez más. Acceso 2-4-2010
  13. «Strassera, contra el proyecto de ADN compulsivo». Clarín. 23 de octubre de 2009.  Parámetro desconocido |fechacceso= ignorado (se sugiere |fechaacceso=) (ayuda)

Enlaces externos