Diferencia entre revisiones de «Delegación (derecho administrativo)»

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Naturalmente, mientras se encuentre vigente la delegación, la autoridad no podrá [[avocación|avocarse]] el ejercicio de la potestad delegada.
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== Véase también ==
Hola!!! ahuevo
*[[Descentralización]]
*[[Desconcentración]]

[[Categoría:Derecho administrativo]]

[[de:Verordnungsermächtigung]]
[[en:Delegated legislation]]
[[fr:Procédure législative déléguée]]
[[he:חקיקת משנה]]
[[ja:委任立法]]
[[ms:Undang-undang subsidiari]]
[[nl:Delegatie (staatsrecht)]]
[[zh:委任立法]]

Revisión del 11:35 11 may 2010

La delegación es, en derecho administrativo, la traslación por un ente u órgano superior a otro de nivel inferior del ejercicio de una competencia, reteniendo el delegante la titularidad de la misma.

La delegación supone, por cierto, que la autoridad delegante esté facultada por le ley o el reglamento para realizar la delegación. El acto de delegación, con todo, se verifica en virtud de un acto administrativo de carácter específico. Por esta misma razón, la delegación es esencialmente revocable por la autoridad delegante.

Debe destacarse que la responsabilidad por las decisiones administrativas que se adopten o por las actuaciones que se ejecuten recaerá en el delegado. El delegante conserva su deber de control jerárquico sobre el delegado, quien será en consecuencia responsable por las faltas a él. En cambio, en la denominada delegación de firma, la responsabilidad permanece en la autoridad delegante.

Naturalmente, mientras se encuentre vigente la delegación, la autoridad no podrá avocarse el ejercicio de la potestad delegada.

Véase también