Discusión:Tratados limítrofes entre Bolivia y Paraguay anteriores a la Guerra del Chaco

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Sr. CHUCAO: Aclaraciones varias: -El tratado Benitez-Ichazo no fue tratado por el congreso paraguayo. -En Bolivia tampoco pudo tratarse en los años 1894 al 1898 pese a que Ichazo ocupaba un cargo en el gabinete. -La misión confidencial de Antonio Quijarro (1901) propuso al gobierno paraguayo, en Asunción, declarar la caducidad del citado tratado con vistas a abrir una nueva instancia; -Entre otros argumentos expuestos por Quijarro para declarar la caducidad estaba la forma diagonal de la frontera que complicaba el trazado en comparación con uno que siguiera latitudes y longitudes. -El otro problema era el punto de partida de la diagonal, en las cercanías del antiguo fuerte paraguayo Olimpo. La posición paraguaya sobre este punto era firme dado los antecedentes históricos. Saludos. Anibalcesar (discusión) 21:13 17 jul 2012 (UTC)[responder]

Tratado Decoud-Quijano[editar]

Copio tratado, corrección (Ley Aprobatoria(3/8/1881) Congreso boliviano y comentarios de Luis Fernando Guachalla: "El 15 de octubre de 1879, don Antonio Quijarro, plenipotenciario en misión especial, suscribe con el Canciller José Découd el primer tratado de limites, donde queda estipulado el acuerdo en los siguientes términos: “1° Las dos Repúblicas declaran que han convenido amigablemente en fijar sus límites divisorios sin discutir títulos ni antecedentes, y sin que las estipulaciones del presente tratado importen la renuncia de los derechos que Bolivia tuviese que hacer valer en sus cuestiones de límites con la Argentina". "2° La República del Paraguay divide de la de Bolivia al norte del territorio situado en la derecha del río Paraguay por el paralelo que parte de la desembocadura del río Apa hasta encontrar al río Pilcomayo. En consecuencia, el Paraguay renuncia en favor de Bolivia el derecho al territorio comprendido entre el mencionado paralelo y Bahía Negra; y Bolivia reconoce como perteneciente al Paraguay la parte sud hasta el brazo principal del Pilcomayo. "3° Aquella parte del río Pilcomayo que antes o después del arreglo de límites entre Argentina y Bolivia fuera del dominio de esta última, se entiende que se divide de la República del Paraguay por la mitad del canal principal de dicho río o de su brazo más importante". El tratado es uno de pura y simple transacción territorial donde los títulos quedan supeditados por la realidad. El Congreso boliviano no lo objeta, pero en un afán de asegurar mejor la comunicación con el Atlántico, introduce, mediante la ley aprobatoria de 3,de agosto de 1881, una condición suspensiva: "la de que se negocie en la margen oriental del Pilcomayo y al sud de los bañados, el territorio suficiente para fundar uno o más puertos".

Eugenio Caballero, nuevo enviado en Asunción, lleva encargo de conseguir la modificación y la propone así: "La línea divisoria entre las Repúblicas de Bolivia y del Paraguay es el paralelo 22° de latitud Sud desde el río Paraguay hasta su intersección con el meridiano 62° 30' de longitud, y desde ese punto se tira una línea al punto de intersección del paralelo 24° con el Pilcomayo". Fracasa la misión de Caballero y se deja "para mejor oportunidad la consideración de las proposiciones cambiadas sobre la modificación del mencionado tratado". El pacto de 1879 no prospera por haberse intentado introducir una condición con desconocimiento de la geografía chaqueña, pero más que eso porque el Congreso paraguayo no lo considera. Y ya a destiempo, el Congreso de Bolivia de 1886 vuelve sobre sus pasos y por ley de 12 de noviembre decreta la derogatoria de "la cláusula condicional de la ley de 3 de 11 agosto de 1881 que aprobó el tratado de límites celebrado con la República del Paraguay en Asunción el 15 de octubre de 1879, debiendo procederse al canje de las ratificaciones de dicho tratado". Empero, la posición paraguaya es ya de renuencia, de oposición cerrada, pues Isaac Tamayo, plenipotenciario ad hoc, no logra convencer al Canciller Découd, el del pacto del 79. Busca excusa éste en el hecho de que el gobierno del General Caballero toca a su fin lo que no le impide, sin embargo, solicitar recursos al parlamento para establecer una guarnición en Fuerte Olimpo, en territorio que el tratado de 1879 reconoce en favor de Bolivia."

Texto extraído de: LUIS FERNANDO GUACHALLA MISIÓN EN EL PARAGUAY Mayo, 1930 — Julio, 1931 1971

© Rolando Diez de Medina, 2006 La Paz - Bolivia

Saludos. Anibalcesar (discusión) 20:07 20 jul 2012 (UTC)[responder]