Discusión:Decreto Ley de indulto de 1969

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¿Indulto pero no amnistía?[editar]

Si muchos, como dice el artículo, salieron de sus escondrijos sin haber sido juzgados ni condenados, en efecto se trata de una amnistía, por lo que no se entiende como se afirma que fue indulto pero no amnistía. No me sorprende que la wikipedia en español sea objeto de burla en los debates serios sobre Historia y Política. 66.81.180.95 (discusión) 16:08 21 sep 2023 (UTC)[responder]

Además se añade después, como para justificar el disparate, que "El contenido de este indulto proclamaba la prescripción formal de los delitos, lo que realmente no era ninguna novedad ya que el artículo 113 del Código Penal entonces vigente establecía: «Que los delitos prescriben a los veinte años, cuando la ley señalare al delito las penas de muerte o reclusión mayor y a los quince cuando la pena fuese de reclusión menor». Por tanto, esta norma no puede ser considerada como una amnistía.", olvidando que los crímenes de lesa humanidad ya se reconocían como imprescriptibles por el Derecho Internacional desde Nuremberg. 66.81.180.95 (discusión) 16:11 21 sep 2023 (UTC)[responder]

Título erróneo[editar]

El decreto-ley de 1968 no supuso un indulto, ya que benefició a personas que no habían sido condenadas. Lo que hizo fue declarar prescritos los delitos cometidos con anterioridad al final de la Guerra Civil. No es tampoco una amnistía. Creo que este artículo debería ser reformulado y titulado de otra manera.--Chamarasca (discusión) 12:51 5 feb 2024 (UTC)[responder]