Discusión:Organización territorial de Venezuela

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Errores Varios[editar]

Corregi varios errores, Venezuela se divide en 23 estados, las dependencias federales y un distrito Capital. en este articulo aparecian 26 estados..ademas de que en la parte de la Guayana Esequiba se coloco la bandera de Guyana, y se coloco una capital inexistente. otra cosa es que las dependencias federales son administradas desde caracas, no desde los roques, las dependencias federales y el distrito capital no tienen rango de estado.

Una Pregunta[editar]

Alguien sabe como le pondrian de nombre a las dependencias federales si las hacen estado, o cual se imaginarian, si se inventan uno bueno envienmelo. --Avclgt (discusión) 23:14 13 mar 2008 (UTC)[responder]

Se daño gran parte del articulo[editar]

voy a tratar de reparar los daños que realizó un vandalo al articulo.--200.84.18.69 (discusión) 14:21 29 jun 2008 (UTC)[responder]

Sobre Distrito metropolitano y Distrito Capital[editar]

el distrito metropolitano esta formado por 5 municipios de 2 entidades federales y el distrito capital esta formado solo por el municipio libertador de Caracas.

deberia quedar asi:

  • Organización del Distrito Capital
Entidad Federal Municipios Superficie Población Jefe de Gobierno Mapa
Distrito Capital (1) Municipio Libertador de Caracas 433 km² 2.097.350 (2007) Jacqueline Faría (2009 - )


  • Organización de los Alcaldías Mayores
Entidades Federales Distritos Metropolitanos Municipios Superficie Población Alcalde Mayor Cabildo Mapa
Distrito Capital y Estado Miranda Distrito Metropolitano de Caracas (5) Municipio Libertador de Caracas, Baruta, Chacao, El Hatillo y Sucre 810 km² 3.174.034 (2007) Antonio Ledezma (2008-2012) Cabildo Metropolitano de Caracas

Capital de la Guayana Esequiba[editar]

La Guayana Esequiba sí tiene capital. En la organización político territorial interna de Venezuela es oficialmente parte del estado Bolívar al cual le corresponde los territorios de la ex provincia de Guayana ( http://es.wikipedia.org/wiki/Provincia_de_Guayana ), por lo tanto, su capital es Ciudad Bolívar.

ARTÍCULO 15º El territorio y demás espacios geográficos del Estado Bolívar son los que históricamente correspondían a la Provincia de Guayana de la Capitanía General de Venezuela, antes de la transformación política iniciada el 19 de abril de 1810, luego delimitada conforme a la Ley Político Territorial de la República del 28 de abril de 1856, con las modificaciones que han resultado de las leyes de la República, de los convenios y demás actos jurídicos válidamente celebrados conforme a la Constitución, a las leyes nacionales y del Estado. En todos los actos del Estado, en que se describa o se refiera a su territorio, se entenderá incorporada, aun cuando no lo estuviera expresamente, la reserva de que el Laudo Arbitral de París de 1899, es írrito y nulo, según los principios del derecho y la justicia que rigen la comunidad internacional y contribuyen a afirmar la integridad territorial. El Estado Bolívar colaborará y apoyará a la República Bolivariana de Venezuela en el logro de una solución satisfactoria para el arreglo práctico de la controversia territorial, con base en el Acuerdo de Ginebra del 17 de febrero de 1966.
De la constitución del estado Bolívar: http://www.e-fdnbolivar.gob.ve/pdf/legislacion/ConstEdoBolivar.pdf

Al final del texto citado se resalta que el estado Bolívar deja en manos de la república la consecución del la solución del diferendo y que prestará su apoyo a lo que esta le solicite.

Adicionalmente, algunos le atribuyen que la costa norte de la Guayana Esequiba hasta el río Moroco es parte del estado Delta Amacuro dado que en 1899, cuando se dictó el Laudo Arbitral de París (que delimitó temporalmente la actual frontera de facto), el cantón de Piacoa (actual Edo. Delta Amacuro) llegaba hasta ese río. http://es.wikipedia.org/wiki/Archivo:Provincia_de_Guayana_Cant%C3%B3n_Piacoa.JPG En ese sentido la Guayana Esequiba estaría integrando a dos entidades nacionales (Bolívar y Delta Amacuro) y por lo tanto tiene 2 capitales (Ciudad Bolívar y Tucupita).

Por otra parte, el artículo indica que está sujeto al Protocolo de Puerto España, eso es falso porque la vigencia de ese protocolo finalizó en 1982. Actualmente se rige solamente por el Acuerdo de Ginebra de 1966.

--Pulkstenis (discusión) 05:25 25 oct 2011 (UTC)[responder]

Legalmente la Guayana esequiba es solo una reclamación no una entidad que forme parte actualmente ni de Venezuela ni del estado Bolívar ni del estado Delta Amacuro. por tanto Ciudad Bolívar no puede ser capital de un territorio que no controla en la actualidad, las leyes que crearon el estado Bolívar y el Estado Delta Amacuro los crearon en base a los territorios efectivamente controlados por el Territorio Federal Delta Amacuro y lo que quedo de la provincia de Guayana (despues estado Guayana hasta 1901). También es incorrecto decir que en la organización interna de Venezuela la Guayana Esequiba forma parte del estado Bolívar, porque de lo contrario en las estadisticas se sumara su superficie y población. Es decir, en la practica la Guayana Esequiba como reclamación no tiene capital alguna, porque si se reintegrara a Venezuela lo haria como un territorio federal, y despues la asamblea nacional tendria que decidir si se integra a otro estado o si forma una entidad separada, ese es el procedimiento--Waraira (discusión) 15:29 27 nov 2013 (UTC)[responder]
De acuerdo en que la Guayana Esequiba es una reclamación, y pese a que el Estado Bolívar lo hace parte de su territorio, lo mismo que Delta Amacuro, sin los cuales NO habría nada que reclamar por todo esto que se reclama porque eso era parte de la Provincia de Guayana (ahora Amazonas, Bolívar y el Delta) eso NO hace que el territorio Esequibo tenga como capital a Ciudad Bolívar. Para que sea así, los wikipedistas habríamos resuelto el conflicto, habríamos otorgado soberanía plena a Venezuela, habríamos hecho trabajo de diputados de Asamblea Nacional y habríamos decido ceder a la administración de Bolívar el territorio y así tendría como capital a Ciudad Bolívar. Como Wikipedia NO es una bola de cristal, tampoco es fuente primaria para hacer un ensayo acerca de nuestras hipótesis y conclusiones, además de que sin resolver el asunto, se debe mantener un punto de vista neutral, entonces hasta tanto no se resuelva la disputa, al territorio no se le señala capital alguna. Ninguna fuente podría avalar semejante determinación y aquí necesitamos fuentes fiables y acreditadas. Por otro lado, es falso que de reintegrarse lo haría como un territorio federal. Eso es una mera especulación. La Asamblea Nacional tendría que decidir en su momento, si la disputa llegase a resolver al territorio como venezolano, si incluye la parte correspondiente a cada entidad que la reclama (Bolívar y el Delta) para su propia administración regional o lo co-administra centralmente como un territorio federal para propiciar su elevación a futuro estado. Para los efectos de este artículo, estoy de acuerdo que no debe señalarse capital alguna a la Zona en Reclamación. --Fhaidel (¡Conversemos! ¿todo bien?) 05:44 1 dic 2013 (UTC)[responder]
Lo importante era aclarar que en la actualidad no tiene capital, porque es una reclamación, lo demas como si dices tu es especular.--Waraira (discusión) 15:05 1 dic 2013 (UTC)[responder]

Falta terrible de referencias en este articulo.[editar]

Saludos. Es para mi motivo de gran preocupación que este articulo sea tan carente de referencias. Corrijanme si me equivoco, pero no deberían ser estas fáciles de encontrar dado el tema en cuestión? No existen documentos o publicaciones oficiales que expliquen este tema, que puedan ser referenciados?

Mi preocupación surge al tratar de establecer una jerarquía clara entre los elementos que dividen al país:

País = UNIÓN DE entidades federales. Una entidad federal puede ser: Dependencia federal, estado, o distrito capital. Estado = UNIÓN DE... ??? En un primer intento, quisiera hablar de MUNICIPIO, pero entonces que es Caracas? Una ciudad que es la unión de varios municipios y del distrito capital! Entonces no deberíamos dividir el estado en ciudades, luego estas en municipios para que tuviera sentido, jerárquicamente hablando?

Propongo consultar las referencias de este tema con mayor profundidad.

--Ejspeiro (discusión) 14:54 10 ene 2014 (UTC)[responder]

La mayor y principal referencia es la misma constitución nacional, donde se establece el ordenamiento del territorio con pelos y señales.

Que significa "con pelos y señales"? Estos artículos deben ser precisos y carentes de ambigüedades, al igual que estas discusiones. Mas aun, si la constitución es la principal referencias, que articulo(s) debe(n) citarse? --Ejspeiro (discusión) 18:38 12 ene 2014 (UTC)[responder]

Si sirve para ajustar alguna redacción de ideas, es así:

  • Venezuela está formada por entidades federales. Las entidades federales son estados, territorios federales, dependencias federales y distrito capital. Los estados, territorios federales y el distrito capital se dividen en municipios y estos en parroquias. Las dependencias federales no tienen subdivisión. Eso es todo.

"Eso es todo"? Que artículos de la constitución deben citarse? Toda cita debe hacerse con el sistemas de referencias del site, no simplemente en medio de la redacción. --Ejspeiro (discusión) 18:38 12 ene 2014 (UTC)[responder]

Ahora, hay dos organizaciones especiales llamadas Distritos Metropolitanos, y no tienen que ver con que sean ciudades o no, solo es un asunto de administración. Los Distritos Metropolitanos son el de Caracas y el del Alto Apure. El Distrito Metropolitano de Caracas se creó para administrar completamente a la ciudad de Caracas que por su extensión ha ocupado territorios de todo el Distrito Capital - que tiene un solo municipio - y parte de algunos municipios del estado Miranda.

Aquí pareciera que comienza a haber un orden, sin embargo, no lo hay, pues pregunto: Donde en la constitución se define lo que es una ciudad? Nótese que su existencia se declara al decir que los Distritos Metropolitanos se crearon para legislar ciudades: "El Distrito Metropolitano de Caracas se creó para administrar completamente a la ciudad de Caracas." --Ejspeiro (discusión) 18:45 12 ene 2014 (UTC)[responder]

Visto de este modo, en Caracas hay muchos gobiernos, empezando porque allí está todo el poder federal, que acá se llama central.

No es lo mismo un "gobierno federal" a un "gobierno central". --Ejspeiro (discusión) 18:48 12 ene 2014 (UTC)[responder]

En Caracas - ciudad -

Donde, donde se DEFINE una ciudad? En que parte de la constitución? Si un estado se divide en municipios, y varios municipios con interés comunes pueden agruparse en Distritos Metropolitanos, entonces, jerárquicamente hablando, dicha división es inconsistente. --Ejspeiro (discusión) 18:48 12 ene 2014 (UTC)[responder]

hay una Autoridad Única del Distrito Capital - algo así como un gobernador, pero como eso no es un estado independiente sino un terreno que es de todo el país, a quien hace las veces de gobernador lo pone el Presidente y se le llama Autoridad Única. Hay un alcalde del Municipio Libertador del Distrito Capital, hay un alcalde por cada uno de los siguientes municipios de Miranda: Baruta, Chacao, Sucre y El Hatillo. Ellos son alcaldes del pedazo de la ciudad de Caracas que está en su jurisdicción y de todos los pueblos adicionales que están en sus municipios. Para administrar asuntos de la ciudad que van más allá de las divisiones municipales, está el Alcalde Mayor del Distrito Metropolitano. Él tiene jurisdicción sobre cuanto pedazo de tierra cubra o llegue a cubrir la ciudad de Caracas a medida que crezca, sea del Distrito Capital o del Estado que sea. Además, sobre los municipios de Miranda que albergan parte de Caracas, también tiene poder el Gobernador del estado Miranda.

Por su parte, el Distrito Metropolitano del Alto Apure, no administra una ciudad, sino varios pueblos y pequeñas ciudades de tres municipios del Alto Apure, con intención de a futuro evaluar su elevación a territorio federal para el última instancia calificar como estado independiente de Apure.
Las ciudad no está formadas por municipios. Es un punto de vista algo errado. La ciudad se encuentra en uno o varios municipios. Esos municipios pueden estar dentro de su entidad federal o fuera de ella, y casos de esos hay muchos en todo el país. La administración no corresponde a la ciudad, sino al municipio. Si una ciudad llegó a extenderse por varios municipios, entonces tendrá varios alcaldes, como pasa en varias partes. Los municipios son la menor unidad administrativa y se forman a solicitud del poder ejecutivo regional de acuerdo con la población que viva en ese espacio.

Entiendo este párrafo, pero sin una cita directa a la definición de ciudad por parte de la constitución, el concepto de ciudad queda simplemente como de facto. De modo que, legalmente hablando, en Venezuela NO EXISTE el concepto de ciudad. --Ejspeiro (discusión) 18:48 12 ene 2014 (UTC)[responder]

Para todos los efectos, Caracas es solo una ciudad, y ninguna ciudad es una entidad administrativa por sí misma. La ciudad acá es solo el espacio donde vive la gente y eso está en uno o varios municipios según como crezca.

Párrafo que apoya mi punto anterior. Sugiero agregarle al articulo un párrafo que aclare que, en Venezuela, NO EXISTEN las ciudades, legalmente hablando, y que es un concepto completamente de facto, impuesto por la gente. --Ejspeiro (discusión) 18:55 12 ene 2014 (UTC)[responder]

--Fhaidel (¡Conversemos! ¿todo bien?) 17:40 10 ene 2014 (UTC)[responder]

Coincido totalmente con Fhaidel--Waraira (discusión) 01:49 11 ene 2014 (UTC)[responder]
Iba a responder varias cosas a los comentarios entre líneas, pero WP no es un foro. Si desean mejorar con una referencia, sugiero que usen la constitución, googleen la parte del ordenamiento territorial y ya. Y tampoco ahogarse en un vaso de agua con términos deducibles por el sentido común - por ejemplo: ciudad - o intentando organizaciones enmarañadas que no aplican, que más que aclarar, oscurecerán. Para el argot, google lo sabe todo. Para el resto, está el botón de editar. :) Con mucho agrado. --Fhaidel (¡Conversemos! ¿todo bien?) 00:24 16 ene 2014 (UTC)[responder]

La misma información presentada en el artículo al que hago referencia en el título se expone en la sección sobre las entidades federales de Venezuela

Juntas Parroquiales[editar]

Desde 2010 la figura de las "Juntas Parroquiales" no existe en la legislación Venezolana. El Término correcto es "Juntas Parroquiales Comunales" --Lenin Berrueta (discusión) 20:47 16 jun 2014 (UTC)[responder]